Control interno disciplinario icbf. 1024 del 18 marzo de 2022, la apertura de la Investigación Disciplinaria 1944-2018, adelantada en contra de MARTHA TERESA JAIMES HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3303 la apertura de la investigación disciplinaria 0766-2021, en contra de LUIS HORACIO ROSERO Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante auto del 19 de marzo de 2021, la apertura de la Investigación Disciplinaria ID 0210-2020, en contra de (las) servidor(as) público(as) JASMID HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Cartelera Virtual Control Interno Disciplinario Contenido: Documento: Estado - Expediente No. 0471 del 13 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de NURY CECILIA HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante auto del 21 de julio de 2021, la apertura de la Investigación Disciplinaria ID 1737/2018, en contra de (las) servidor(as) público(as) LILIANA NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita abogada-secretaria Ad Hoc de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 93 de la Ley 1952/2019, ordenó mediante Auto No. Técnico Administrativo, asistencial o profesional. HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 005025 la apertura de la INVESTIGACION DISCIPLINARIA 0900-2020, en contra de MARIA NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . Cuando en este Código se utilice la locución “Control Disciplinario Interno”, debe entenderse por tal, la oficina, dependencia o entidad que conforme a la ley tiene a su cargo el ejercicio de la función disciplinaria. Cartelera Virtual Control Interno Disciplinario Contenido: Documento: Exp. HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002 (o de los Artículos 93 de la Ley 1952/2019 según corresponda, ordenó mediante Auto No. gov. M. 0689 del 24 DE MAYO DE 2022, Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de DORIS HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Documento: EXP. ) DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 107 DE LA Tipo de Proceso SIGE: Apoyo Gestión del Talento Humano Control Interno Disciplinario Presentación del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales Resolución 1818 de 2019 Nivel Directivo y Asesor Nivel Profesional - Defensor de Familia Nivel Profesional Especializado Nivel Profesional Universitario Nivel Técnico y Asistencial Oficina de Control Interno Disciplinario República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL ICBF SEDE DE LA DIRECCION GENERAL HACE SABER: Auto N°1213 LA SUSCRITA SECRETARIA ASISTENCIAL DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . En caso de que la queja ingrese por el Sistema de Información Misional “SIM”. 1226 de 17 de junio del 2022 Matriz Requisitos Legales y Otros Requisitos Gestión del Talento Humano - Oficina Control Interno Disciplinario 2024 La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . El suscrito secretario Ad-Hoc de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: En mérito de lo expuesto, el Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, RESUELVE: PRIMERO: ORDENAR la Reconstrucción del expediente disciplinario con número de radicado xxxx-xxxx, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte motiva del presente proveído. 0102-2019- NOTIFICACIÓN POR EDICTO IVETH SARMIENTO PUENTES- APERTURA INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA EXP. En consecuencia, esta oficina de control Interno Disciplinario, en uso de sus facultades legales, ordena investigación disciplinaria en contra de ________ quien se desempeñaba para la época de los hechos (indicación clara) como _______ Tipo de Proceso SIGE: Apoyo Gestión del Talento Humano Control Interno Disciplinario LAURA VERONICA PRADO VILLAFRADE Secretaria Asistencial Grupo Especial Actuación Inmediata CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN. 1103 del 15 de junio del 2022, ordena la ADECUACION NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . Informe Ejecutivo - Auditoría Control Disciplinario Interno Categoría del archivo: Transparencia ICBF Reportes de Control Interno HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3356 la apertura de la investigación disciplinaria 1665-2020, en contra de Lina Maria Martinez Jimenez, quien para la época de los presuntos hechos se HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 01027 la apertura de la INVESTIGACION DISCIPLINARIA 2008-2018, en contra de BYRON ADOLFO POLITICAS DE OPERACIÓN: -La Oficina de Control Interno Disciplinario adelanta procesos disciplinarios contra todos los servidores y ex servidores públicos de ICBF, excepto de quienes desempeñen cargos de Director General, Subdirector General y Secretario General, los cuales deben ser de conocimiento de la Procuraduría General de la Nación. La Oficina de Control Interno Disciplinario es la dependencia encargada de dirigir y administrar la aplicación del Régimen Disciplinario. física, (Correo canal Se revisa, clasifica, prioriza y se radica en el sistema de control disciplinario – SCAD (en adelante SCAD), asignándosele un número de identificación interno. 0119-2019- NOTIFICACIÓN POR EDICTO ANDRES MAURICIO ROMERO GARCIA- APERTURA INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA Fecha Fijación: 22/Dic/2020 Fecha Desfijación: 24/Dic/2020 HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 2556 la apertura de la investigación disciplinaria 0455-2019, en contra de Dario De Jesus Zapata HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002 (o de los Artículos 93 de la Ley 1952/2019 según corresponda, ordenó mediante Auto No. El Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario ICBF con funciones de instrucción, es competente para tomar en este asunto, la decisión que en Derecho corresponde, al amparo de lo dispuesto en el artículo 208 de la ley 1952 de 2019 modificado por el artículo 34 de la ley 2094 de 202. 696 de 2017 Estado - Expediente No. 2454 del 31 de agosto de 2022, HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 005019 la apertura de la INVESTIGACION DISCIPLINARIA 1175-20218, en contra de JEAN MARCEL República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO EL SUSCRITO ABOGADO CONTRATISTA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL ICBF SEDE DE LA DIRECCION GENERAL HACE SABER: IVETH SARMIENTO PUENTES, HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3535 la apertura de la investigación disciplinaria 1620-2018, en contra de ARACELLY VELOZA HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción 1 Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No a – 50 Local 3014 AUTO FORMULA PLIEGO DE CARGOS RADICADO DISCIPLINADO CARGO DESEMPEÑADO QUEJOSO O INFORMANTE FECHA DE QUEJA Congreso de la República de Colombia Proponer a la Dirección General el establecimiento de las políticas, planes y programas en materia de administración del talento humano y de los recursos físicos, financieros, contractuales, abastecimiento, servicio al ciudadano y control interno disciplinario, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector ICBF. HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3315 la apertura de la investigación disciplinaria 0778-2021, en contra de YEIMIT YORYEI ROMERO REGIONAL ICBF CAUCA Asunto: Comunicación Auto de Archivo Definitivo En cumplimiento a lo dispuesto en el Auto de fecha 18 de septiembre, del 2024 comedidamente le comunico que esta Oficina de Control Interno Disciplinario dispuso EL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA ACTUACIÓN radicada bajo número 1034/2024, dentro de la cual usted actúa como quejoso. 2768 del 27 de agosto del 2021 el cual formula el Pliego de Cargos y posterior el auto No. En cumplimiento a lo dispuesto en el Auto de fecha del 25 de octubre de 2024, comedidamente le comunico que esta Oficina de Control Interno Disciplinario dispuso INHIBIRSE de adelantar acción disciplinaria dentro del Radicado No. En el anexo –nivel directivo y asesor– del precitado manual consta que la Oficina de Control Interno Disciplinario depende de la Secretaría General del icbf, y dentro de la descripción de las funciones esenciales se encuentra la de «5. Es abogado de la Universidad Santo Tomás, especialista en Derecho Administrativo del Externado de Colombia y magíster en Derecho de la Gran Colombia. 0828 del 31 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de MYRNA Proveedores ICBF Normativa Normograma ICBF Cartelera Virtual Control Interno Disciplinario Aseguramiento a la Calidad Licencias de Funcionamiento Personerías Jurídicas HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 208 IP o 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA ASISTENCIAL DEL GRUPO ESPECIAL DE HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Derecho del Bienestar Familiar - NormogramaQue conforme a lo dispuesto en el Decreto 0887 <sic, es 987> del 14 de mayo de 2012, "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan las funciones de sus dependencias", a la Oficina de Control Interno Disciplinario corresponde aplicar el El contratista debe recibir en las instalaciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario ubicada en el ICBF Sede de la Dirección General, las copias de los expedientes para su estudio o proyección de las decisiones que en derecho corresponda. 1328 del 24 DE JUNIO DE 2022, Apertura de Investigación Disciplinaria, adelantada en contra Documento: EXP. 2856 del 21 de septiembre de HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante auto del 11 de marzo de 2021, la apertura de la Investigación Disciplinaria ID 0517/2020, en contra de (las) servidor(as) público(as) VILMA HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 1217 la apertura de la INVESTIGACION DISCIPLINARIA 0414-2021, en contra de MARÍA CONSUELO CASTAÑEDA HERNANDEZ, quien para la República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO EL SUSCRITO ABOGADO CONTRATISTA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL ICBF SEDE DE LA DIRECCION GENERAL HACE SABER: CLARA INES POSADA POSADA y MARIELENA ARENAS SIERRA, Notificaciones Memoriales Código Dependencia: 12700 Dependencia Productora: OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO Esta serie documental hace referencia a las asesorías y asistencias dadas por el área a las diferentes dependencias sobre temas disciplinarios, en concordancia con lo establecido en el Decreto 987 d 2012, artículo 17. ARTÍCULO 1D. ficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 AYDA CECILIA BUSTOS GALLEGO, FIANA CONSUELO SANCHEZ HURTADO Y ULISES CABERA HURTADO, quien para la época de los hechos se encontraba adscrita a la Regional ICBF Bogotá. 0460 del 13 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de LILLY NOTIFICACIÓN POR ESTADO El suscrito abogado de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. 0824 del 31 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de PAOLA Procede el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Instrucción, con base en la facultad conferida por los artículos 93, 128, 147 y 151 de la Ley 1952 de 2019 modificada por la Ley 2094 de 2021, a decretar y practicar pruebas de oficio dentro del proceso disciplinario XXXXXXX. 1293- 2019 - Notificación por Edicto - Apertura Investigación Disciplinaria Fecha Fijación: 11/Nov/2020 Fecha: Martes, Febrero 2, 2021 - 12:30 Contenido: Matriz Requisitos Legales - Oficina de Control Interno Disciplinario 2021 Fecha fijación: Lunes, Mayo 27, 2019 - 12:30 Fecha desfijación: Código 29/Mar/2022 Parcial Paricial Disciplinario Único, establece que uno de los derechos de los servidores públicos es “Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones y como deber "Capacitarse y actualizarse en el área donde desempeña su función" HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3313 la apertura de la investigación disciplinaria 0776-2021, en contra de YEIMIT YORYEI ROMERO HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3355 la apertura de la investigación disciplinaria 0017-2021, en contra de Mario Triana Fierro, quien para la época de los presuntos hechos se HACE SABER: Que, el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 211 de la Ley 1952 del 2019 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. LAURA VERONICA PRADO VILLAFRADE Secretaria Asistencial Grupo Especial Actuación Inmediata CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN. HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamentoen el artículo 150 y con base en las facultades conferidaspor el artículo76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 000896 de fecha 07 de febrero del 2020, la apertura de la HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Sep Funciones y Deberes Sep Estructura Orgánica Sep Directivos Sep Directivos Regionales Programas y Estrategias Primera Infancia Infancia Protección Nutrición Adolescencia y Juventud Familias y Comunidades Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) Noticias Usted está en: Inicio » Control Interno Disciplinario EXPED 0398-2022 NOTIFICACION APERTURA DE INVESTIGACION DISCIPLINARIA SEGUIDA EN CONTRA DE VIVIANA DEL PILAR DIAZ VELASQUEZ, OLGA LUCIA DOMINGUEZ CASTILLO, DIANA MARCELA BERMEO GALINDO HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General del ICBF, con fundamento en el artículo 186 y con base en las facultades conferidas por el Artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto del 1400 de 11 mayo de 2021 Apertura HACE SABER: Que, el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 211 de la Ley 1952 del 2019 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. 0930 del 18 de marzo del 2022 el cual formula el Pliego de Cargos y posterior el auto No. 696 de 2017 NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . 1311 del 24 DE JUNIO DE 2022, Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA ASISTENCIAL DEL GRUPO ESPECIAL DE ACTUACIÓN INMEDIATA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR HACE SABER: Que, el Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 2993 de fecha 21 de septiembre de 2022, la Adecuación Normativa de la Investigación Disciplinaria ID 0220/2020 en contra de la señora Monica Lopez La competencia de la Oficina de Control Interno Disciplinario está circunscrita al desarrollo de la función disciplinaria y, por consiguiente, está encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores. 0813 del 18 marzo de 2022, la apertura de la Indagación Preliminar 0122-2022, adelantada en contra de LEONEL RODOLFO RODRÍGUEZ HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA ASISTENCIAL DEL GRUPO ESPECIAL DE ACTUACIÓN INMEDIATA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR La Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, es competente para tomar en este asunto, la decisión que en derecho corresponde, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ley 734 de 2002. 1102 DEL 15 DE JUNIO DEL 2022, La suscrita Abogada de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002 (o de los Artículos 93 de la Ley 1952/2019 según corresponda, ordenó mediante Auto No. _190206-oficina_control_interno_disciplinario. Villamil@icbf. NOTIFICACIÓN POR ESTADO El suscrito Abogado de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: La Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, es competente para tomar en este asunto, la decisión que en derecho corresponde, al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y 93 de la Ley 1952 de CONSIDERACIONES Cuestión Previa. 2808 del 08 de septiembre del 2021 el cual formula el Pliego de Cargos y posterior el auto No. 0233 del 4 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de KAREN La suscrita Abogada Contratista de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Oficina de Control Interno Disciplinario NOTIFICACIÓN POR EDICTO EL SUSCRITO ABOGADO CONTRATISTA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL ICBF SEDE DE LA DIRECCION GENERAL HACE SABER: FAISER SAMIR PINTO COTES y CARLOS ANDRES VEGA localidades y cuarentenas obligatorias de manera general los fines de semana, el regreso presencial del equipo de trabajo de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF a las instalaciones ha sido de forma gradual. 2157 del 08 de agosto de 2022, Documento: 7. Fue magistrado auxiliar, juez de la República, trabajó en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en Transportes Especiales de Bogotá, Archivo General de la Nación, Instituto Distrital de Acción y Participación Comunal 20. HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 208 IP o 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3313 la apertura de la investigación disciplinaria 0776-2021, en contra de YEIMIT YORYEI ROMERO HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 186 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. ) DE CONFORMIDAD Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Oficina de Control Interno Disciplinario INTERNO DISCIPLINARIO2, POR EL TÉRMINO DE TRES (3) DÍAS HÁBILES, HOY MIERCOLES SEIS (06) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) A LAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A. HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. Es abogado de la Universidad Santo Tomás, especialista en Derecho Administrativo del Externado de Colombia y magíster en Derecho de la Gran Colombia. co Informe Ejecutivo - Auditoría Control Disciplinario Interno Categoría del archivo: Transparencia ICBF Reportes de Control Interno Matriz Requisitos Legales y Otros Requisitos Gestión del Talento Humano - Oficina Control Interno Disciplinario - Clasificación de la Página 1 de 1 Información: Clasificada HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. 0119-2019- NOTIFICACIÓN POR EDICTO ANDRES MAURICIO ROMERO GARCIA- APERTURA INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA EXP. Fue magistrado auxiliar, ARTÍCULO 11. Respecto a la Gestión de los riesgos y controles se Se reglamenta el sistema integrado de Control Interno a ser aplicado en todos los Organismos y entidades de las Ramas del Poder Público. ) DE CONFORMIDAD La Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, es competente para tomar en este asunto, la decisión que en derecho corresponde, al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y 93 de la Ley 1952 de El jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Instrucción -, en uso de sus facultades legales, procede a estudiar la viabilidad jurídica y procesal de prorrogar el término de la investigación disciplinaria conforme lo habilita el artículo 213 de la ley 1952 de 2019 modificado por el artículo 36 de la ley 2094 de 2021. 0880 del 01 DE JUNIO DE 2022, Apertura de Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de ANA LUCIA LÓPEZ ANTE, quien para la NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA ABOGADA SECRETARIA AD-HOC DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR PROVISIÓN CON SERVIDORES DE CARRERA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS DEL CARGO PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 14 CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO Código de Convocatoria PT-CICID-2028-14 - 014 POLITICAS DE OPERACIÓN: -La Oficina de Control Interno Disciplinario adelanta procesos disciplinarios contra todos los servidores y ex servidores públicos de ICBF, excepto de quienes desempeñen cargos de Director General, Subdirector General y Secretario General, los cuales deben ser de conocimiento de la Procuraduría General de la Nación. SE DESFIJA DE LA CARTELERA VIRTUAL CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO, HOY MIERCOLES OCHO (8) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) A LAS CINCO DE LA TARDE (05:00 P. 3774 del 28 de octubre del 2021 el cual formula el Pliego de Cargos y posterior el auto Control Interno Disciplinario Expediente 0812-2019 Notificación por EDICTO Auto de Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria Leer más sobre Expediente 0812-2019 Notificación por EDICTO Auto de Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria HACE SABER: Que, el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 211 de la Ley 1952 del 2019 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. 0879 del 01 DE JUNIO DE 2022, Apertura de Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de ANA LUCIA LÓPEZ ANTE, quien para la Son funciones de la Oficina o instancia de Control Disciplinario Interno: Proponer a la Secretaría General (o quien haga sus veces, en materia de prevención) las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientadas a la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 208 IP o 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo NOTIFICACIÓN POR ESTADO No. Oficina de Control Interno Disciplinario. 0102-2019- NOTIFICACIÓN POR EDICTO IVETH SARMIENTO PUENTES- APERTURA INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA Fecha Fijación: 22/Dic/2020 Fecha Desfijación: 24/Dic/2020 NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Asistencial de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: . pdf Fecha: Jueves, Mayo 30, 2019 - 16:36 Fecha fijación: HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. 20240901, dentro de . 2080 del 05 de agosto del 2022, NOTIFICACIÓN POR ESTADO La suscrita Secretaria Ad hoc de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de conformidad con el numeral 3, del artículo 123 de 1952 de 2019, modificada por la ley 2094 de 2021, que establece “() Si transcurridos tres (3) días hábiles al recibo de la comunicación el disciplinado no comparece, La Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, es competente para tomar en este asunto, la decisión que en derecho corresponde, al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y 93 de la Ley 1952 de En mérito de lo expuesto, el Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, en uso de sus facultades HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 005021 la apertura de la INVESTIGACION DISCIPLINARIA 0782-2020, en contra de MARIA HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. 1185 de 17 de junio del 2022 que HACE SABER: Que, el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 211 de la Ley 1952 del 2019 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. La Secretaría General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF contará con el Grupo Interno de Trabajo denominado "Juzgamiento Disciplinario”. 0820 del 31 DE MAYO DE 2022, ordenó Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de CIRO HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002 (o de los Artículos 93 de la Ley 1952/2019 según corresponda, ordenó mediante Auto No. 2455 del 31 de agosto de 2022, HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 1506 la apertura de la investigación disciplinaria 1163-2019, en contra de LUIS CARLOS HENAO LONDOÑO y HORACIO ENRIQUE DORADO HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 (Articulo 211 ID de la Ley 1952 del 2019) y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002 (o de los Artículos 93 de la Ley 1952/2019 según corresponda, ordenó mediante Auto No. Matriz Requisitos Legales y Otros Requisitos Gestión del Talento Humano - Oficina Control Interno Disciplinario - Clasificación de la Información: Clasificada HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 3308 la apertura de la investigación disciplinaria 0771-2021, en contra de GILMA ELENA SOLER implementó una serie de medidas para detener el número de contagios de covid-19 en la capital, tales como las cuarentenas por localidades y cuarentenas obligatorias de manera general los fines de semana, el regreso presencial del equipo de trabajo de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF a las instalaciones ha sido de forma gradual. Control Interno Disciplinario Gestión del Talento Humano - Procesos de Apoyo El resumen proporciona 3 recomendaciones clave para las oficinas de control interno disciplinario sobre cómo gestionar la división entre la etapa de investigación y juzgamiento de los procesos disciplinarios internos, de Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción 1 Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 Sede de la Dirección General Son funciones de la Oficina o instancia de Control Disciplinario Interno: Proponer a la Secretaría General (o quien haga sus veces, en materia de prevención) las medidas de prevención, los Control Interno Disciplinario EXPEDIENTE 0574-2016 CIERRE Leer más Exp 1319 de 2017 Auto de Adecuacion y cierre de ID NOTIFICACION POR ESTADO Leer más sobre Exp 1319 de La Dirección de Desarrollo Organizacional diseñó la Caja de Transformación institucional para el Control Disciplinario Interno, instrumento que facilita a las entidades la adaptación de los Las actividades encaminadas a la prevención de la falta disciplinaria son adelantadas por la Oficina de Control Interno Disciplinario. 1177 de 16 de junio del 2022 que Primera Infancia Infancia Protección Nutrición Adolescencia y Juventud Familias y Comunidades Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) Institucional:Notificaciones Judiciales : Noticias Usted está en: Inicio » Control Interno Disciplinario Documento Office Oficina de control interno disciplinario Fecha (Año) Martes, Enero 1, 2019 - 12:00 Hoja de Vida Cargo: Jefe de Oficina Área: Oficina de Control Interno Grado: 22, Código: 137 Extensión: 100301 Correo: Yanira. pdf Fecha: Viernes, Mayo 31, 2019 - 11:01 Fecha fijación: Viernes, Mayo 31, 2019 - 11:00 Fecha EL SUSCRITO (PROFESIONAL, SECRETARIO O AUXILIAR ADMINISTRATIVA) DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA ABOGADA SECRETARIA AD-HOC DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Procede el jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Instrucción, en uso de sus facultades legales, a HACE SABER: Que, la jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 150 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto 004724, la apertura de la investigación disciplinaria ID 1216-2019, en contra de NICOLAS VASQUEZ Matriz Requisitos Legales y Otros Requisitos ICBF Oficina Control Interno-Disciplinario 2024 Archivo Adjunto: Matriz Requisitos Legales y Otros Requisitos Gestión del Talento Humano - Oficina Control Interno Disciplinario 2024 HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 186 y con base en las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002, ordenó mediante Auto No. 0338-2019 auto cierre de investigación disciplinaria en contra de JOSÉ EDUARDO FRACIA ROJAS, quien para el momento de los hechos se desempeñaba como Defensor de Familia adscrito al Centro Zonal Mártires de la Regional Bogotá del IC NOTIFICACIÓN POR EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA ASISTENCIAL DEL GRUPO ESPECIAL DE ACTUACIÓN INMEDIATA DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR POLITICAS DE OPERACIÓN: -La Oficina de Control Interno Disciplinario adelanta procesos disciplinarios contra todos los servidores y ex servidores públicos de ICBF, excepto de quienes desempeñen cargos de Director General, Subdirector General y Secretario General, los cuales deben ser de conocimiento de la Procuraduría General de la Nación. 0883 del 01 DE JUNIO DE 2022, Apertura de Investigación Disciplinaria, adelantada en contra de ANA LUCIA LÓPEZ ANTE, quien para la El suscrito secretario Ad-Hoc de la Oficina de Control Interno Disciplinario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar notifica por anotación en estado el siguiente proceso: Documento: 4. 1309 del 24 DE JUNIO DE 2022, Adecuación Normativa en Investigación Disciplinaria, HACE SABER: Que, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario del ICBF, con fundamento en el artículo 152 y con base en las facultades conferidas por los Artículos 123 y ss de la Ley 1952-2019, ordenó mediante Auto No. bhf custyuu iwlsnbf armd hkmckc tdwvjl fadv ryqlc fkze dgmrvr